Préstamos garantizados o no con hipoteca

EL PRÉSTAMO es un contrato por el cual una persona o entidad entrega una cantidad de dinero a otra con la condición de devolverla en un plazo determinado.

En ocasiones, la devolución del dinero prestado se garantiza con:

  • Garantías reales: principalmente prenda o hipoteca. Ambas se constituyen por el propietario del bien sobre el que recae, que puede ser el propio deudor o un tercero. Las garantías reales tienen por efecto la sujeción directa e inmediata del bien objeto de la misma a la satisfacción del préstamo y ello sin perjuicio de que, como en todas las obligaciones, el deudor del préstamo responderá de su cumplimiento con todos sus bienes presentes y futuros. La Notario, tanto en acta previa como en la firma de la escritura, le informará de todas las condiciones financieras e hipotecarias de su préstamo.
  • Garantías personales: principalmente la fianza. El fiador se compromete a pagar en el caso de no hacerlo el deudor principal. En este caso a la responsabilidad patrimonial universal del deudor, se le añade la del fiador, el cual responderá también con todo su patrimonio, presente y futuro. El fiador que llegue a pagar la deuda, podrá reclamar la cantidad pagada al deudor.
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